Micelio
Auto22 de marzo de 2018

A- de 2018

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Ramiro Augusto Carvajal Arenas·Demandado Policia De Apartado

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia Aparente
  • Inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
Principio Perpetuatio Jurisdictionis
  • Competencia no puede ser alterada en primera ni en segunda instancia pues se afectaría la finalidad de la acción de tutela
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Apartadó y la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Antioquia.

El precitado Tribunal se abstuvo de conocer la impugnación del fallo de primera instancia emitido en el marco de la acción de tutela de la referencia y declaró la nulidad de todo lo actuado.

Estas decisiones las adoptó con base en las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1382 de 2000.

Considera la Corte que esta autoridad no sólo desconoció la regla jurisprudencial según la cual el juez de tutela no puede declarar la nulidad de la actuación como consecuencia de la aplicación o interpretación errada del referido Decreto, sino el principio de la perpetuatio jurisdictionis que establece que la competencia no puede ser alterada en primera ni en segunda instancia cuando una autoridad judicial avoca el conocimiento de una acción de tutela.

Se ordena remitir el expediente al Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Antioquia para que de forma inmediata tramite y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.

Se previene a esta Corporación para que en lo sucesivo decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 16 de noviembre de 2017, que profirio el Tribunal Superior de Antioquia -Sala Civil Especializada en Restitucion de Tierras-, mediante el cual se declaro la nulidad de lo actuado dentro del proceso de tutela impulsada por el ciudadano Ramiro Augusto Carvajal Arenas, contra la Inspeccion de Policia de Apartado -Antioquia-.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3257 al Tribunal Superior de Antioquia -Sala Civil Especializada en Restitucion de Tierras-, para que, de forma inmediata, tramite y profiera decision de fondo respecto del amparo solicitado.
  3. Tercero. PREVENIR al Tribunal Superior de Antioquia -Sala Civil Especializada en Restitucion de Tierras-, para que, en lo sucesivo, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el proposito de eliminar las barreras en el acceso a la administracion de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  4. Cuarto. Por Secretaria General, COMUNICAR al Juzgado
  5. Segundo. Civil del Circuito de Apartado la decision adoptada en esta providencia, asi como a las partes del proceso de tutela.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.